Formulario de comentarios públicos

Período de comentarios públicos: octubre 30, 2025 08:00AM MT - diciembre 01, 2025 05:59PM MT.

El Estado de Nuevo México está autorizado a operar un programa de manejo de residuos peligrosos en lugar del programa federal para la mayoría de las disposiciones de la Ley Federal de Conservación y Recuperación de Recursos (RCRA, por sus siglas en inglés). La Ley Federal de Cumplimiento de Instalaciones (FCCA, por sus siglas en inglés) está codificada en RCRA §6001. Bajo la autoridad de la Ley de Residuos Peligrosos de Nuevo México, NMSA 1978, Secciones 74-4-1 a -14 (1953, enmendada hasta 2018), y las Regulaciones de Manejo de Residuos Peligrosos de Nuevo México (20.4.1 NMAC), el Departamento de Medio Ambiente (NMED, por sus siglas en inglés) puede emitir una Orden Federal de Cumplimiento de Instalaciones (FFCO, por sus siglas en inglés) a instalaciones federales ubicadas dentro de las fronteras de Nuevo México.


El 4 de octubre de 1995, el NMED emitió una FFCO al Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE, por sus siglas en inglés) y a Regents of the University of California) (colectivamente, los Demandados). Los Alamos National Security, LLC (LANS, por sus siglas en inglés) reemplazó a UC como cooperador en 2006. En 2019, Los Alamos Newport Nuclear BWXT-Los Alamos LLC, (N3B) y Triad National Security LLC (Triad) reemplazaron a LANS como cooperadores. La FFCO exige el cumplimiento del Volumen del Plan de Cumplimiento (CPV, por sus siglas en inglés) del Plan de Tratamiento del Sitio (STP, por sus siglas en inglés) para el tratamiento y eliminación de residuos mixtos en el Laboratorio Nacional Los Alamos (LANL, por sus siglas en inglés). Los Demandados deben cumplir con la Ley de Residuos Peligrosos de Nuevo México, Secciones 74-4-1 a -14 y Sección 3012(b) de RCRA, 42 U.S.C. §6939(c), enmendada por la FFCA de 1992, Ley Pública 102-386, 106 Stat. 1505 (1992). De acuerdo con la Sección X, “Revisiones” de la FFCO, todas las revisiones propuestas o requeridas se pondrán a disposición del público para su revisión en los lugares apropiados.





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El NMED puede aprobar, aprobar con modificaciones o rechazar la revisión propuesta. A la espera de las opiniones del público, el NMED tiene la intención de aprobar la revisión solicitada.


La propuesta de revisión 35.0, este aviso público y la carta de notificación de intención de aprobación pueden consultarse en el sitio web del NMED en:
https://www.env.nm.gov/hazardous-waste/lanl-ffco-stp/, bajo el título «Orden de cumplimiento de instalaciones federales». Para obtener una copia de cualquiera de estos documentos, póngase en contacto con el NMED llamando al (505) 476-6000.


El NMED aceptará comentarios públicos sobre la propuesta de revisión 35.0 durante 30 días. Cualquier persona que desee comentar sobre la propuesta de revisión 35.0 debe enviar sus comentarios por escrito, junto con su nombre y dirección, a la Oficina de Residuos Peligrosos del NMED, 2905 Rodeo Park Drive, Edificio 1, Santa Fe, Nuevo México, 87505-6303, o electrónicamente a través del Portal de Comentarios y por correo electrónico a siona.briley@env.nm.gov. Solo los comentarios por escrito recibidos antes de las 5:00 p. m. MDT del 1 de diciembre de 2025 serán tenidos en cuenta por el NMED a la hora de tomar una decisión definitiva.

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